Te ayudamos a recuperar la posesión de tu vivienda.
Por desgracia, es habitual que los propietarios se vean en la necesidad de iniciar un procedimiento de desahucio, una situación que entendemos que les puede generar preocupación, incertidumbre y un importante impacto económico en su economía doméstica.
En estos casos, es necesario contar con un abogado experto en desahucios para iniciar el procedimiento más adecuado y recuperar la posesión de la vivienda en el menor tiempo posible, así como, en su caso, reclamar las rentas impagadas y la correspondiente indemnización económica por los posibles daños ocasionados en el inmueble.
Existen diferentes tipos de desahucio en función de cuál sea la causa que los motiva, pudiendo distinguir principalmente los siguientes.
Desahucio por impago de alquiler.
La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario, facultará al propietario a instar el desahucio. A esta acción de desahucio se podrá acumular la acción de reclamación de las rentas o de cantidades análogas que se devenguen y resulten impagadas hasta el completo desalojo del arrendatario.
Desahucio por expiración del plazo contractual.
La finalización de la duración pactada en el contrato o de sus prórrogas faculta al propietario para instar el desalojo del arrendatario.
En estos casos, es importante que el propietario manifieste por escrito al arrendatario con antelación a la fecha de vencimiento del contrato, su voluntad de no proceder a la renovación del mismo.
Desahucio por precario.
Se trata de un procedimiento judicial que se utiliza cuando una persona ocupa un inmueble sin disponer de un título válido que justifique dicha ocupación, ya sea porque el propietario dejó de consentirla o porque nunca la consintió.
- Por ejemplo, uno de los herederos ocupa en exclusiva un inmueble heredado sin consentimiento del resto de los herederos. Los demás herederos pueden iniciar un desahucio por precario.
- Otro ejemplo es el caso en el que una persona fallece y deja a su cónyuge viudo el usufructo vitalicio de la vivienda, siendo los hijos los nudos propietarios. Si alguno de los hijos ocupa la vivienda sin el consentimiento del viudo, este último, como usufructuario, podrá exigir que abandone el inmueble e interponer desahucio por precario.
- El último ejemplo habitual es el caso de los okupas. En este supuesto, cabe la posibilidad de acudir tanto a la vía penal como a la vía civil para recuperar la posesión del inmueble. No obstante, aunque resulta necesario analizar cada de forma individual, en la práctica, en la mayoría de las situaciones, la opción más rápida y eficaz consiste en acudir a un procedimiento civil mediante el ejercicio de la acción de desahucio por precario.
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